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Más facultades a la Marina

Los procedimientos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor.

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Agencias SPI

Xalapa, Ver. – Por Decreto se expidió la Ley Orgánica de la Armada de México que dará mayores y nuevas atribuciones para la defensa de la soberanía Nacional, así como al combate al terrorismo, contrabando, piratería en el mar.

La Ley Orgánica de la Armada de México entrará en vigor a partir de este viernes 15 de octubre, por lo que se derogan las leyes de la Armada publicadas en el 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Las erogaciones que generen con la entrada en vigor del presente Decreto, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado para la Secretaría de Marina, con movimientos compensados, por lo que no se incrementará su presupuesto regularizable, y no se autorizarán recursos adicionales para el ejercicio fiscal de que se trate.

Los procedimientos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor, relacionados con las modificaciones a los preceptos legales contemplados en el mismo, se resolverán de conformidad con las disposiciones que les dieron origen.

Las autoridades competentes deberán emitir las disposiciones reglamentarias y normativas necesarias, o sus modificaciones, para dar cumplimiento a lo previsto en la presente Ley, dentro de los 180 días siguientes a su entrada en vigor.

Entre sus atribuciones será la de adiestrar, alistar y equipar al personal naval, sus unidades y establecimientos vales, para realizar acciones de salvaguardar la soberanía nacional en el mar territorial, zona marítimo-terrestre, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental.

Así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, así como vigilar los derechos de soberanía en la zona económica exclusiva.

Tendrá el control naval del tráfico marinos, así como regular, establecer y vigilar las áreas restringidas a la navegación, incluidos los espacios aéreos correspondientes, en coordinación con otras autoridades en su ámbito de competencia.

Ejercerá funciones de guardia costera y en recintos portuarios, además de la seguridad y protección marítima a través de acciones de vigilancia, verificación, inspección y otras acciones.

Podrá prevenir la contaminación del medio ambiente marino, así como realizar su vigilancia y protección en el área de responsabilidad, actuando por sí o en colaboración con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras.

Salvaguardar la vida humana en el mar, mediante operaciones de búsqueda y rescate en las zonas marinas mexicanas, aguas internacionales; auxiliar a la población en casos y zonas de desastre o emergencia con planes de Protección Civil.

Proteger instalaciones estratégicas, así como recursos marítimos, fluviales y lacustres nacionales.

Así como garantizar el cumplimiento jurídico nacional en zonas marinas mexicanas y coadyuvar en el combate al terrorismo, contrabando, piratería en el mar, robo de embarcaciones, artes de pesca o productos de ésta, tráfico ilegal de personas, armas, estupefacientes y psicotrópicos, y cualquier otro ilícito.

Igualmente, realizará actividades de investigación científica, oceanográfica, meteorológica y biológica de los recursos marinos, así como de desarrollo tecnológico y, coordinar trabajos hidrográficos de las costas, mares, islas, puertos y vías navegables.

Asimismo, publicar la cartografía náutica y la información necesaria para la seguridad de la navegación, y organizar el archivo de cartas náuticas y las estadísticas relativas.

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