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[ NACIONAL ]

Exentan de aranceles de importación a la carne, papas y otros productos

AMLO combate inflación.

Redaccion

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Ciudad de México. – El Gobierno de México ha presentado un decreto con el cual se exenta a diversas mercancías del pago de aranceles de importación.

Esto forma parte de las medidas del Paquete contra la Inflación y la Carestía (PACIC), presentado el pasado 4 de mayo.

El decreto publicado este lunes explica que la finalidad de eliminar este gravamen es contrarrestar los efectos que la tendencia inflacionaria tiene sobre los precios de diversas mercancías.

La exención es temporal.

Los aranceles que serán modificados corresponden a los siguientes productos:

Carne de animales de la especie boviva, fresca o refrigerada

Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada

Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigedada o congelada

Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados.

Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04.

Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04.

Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante.

Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.

Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o cocidos

Papas (patatas) frescas o refrigeradas

Tomates frescos o refrigerados

Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados

Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerado

Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas

Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas

Hortalizas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación

Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas

Agrios (cítricos) frescos o secos

Manzanas, peras y membrillos, frescos

Frutas y otros frutos, secos, excepto los de las partidas 08.01 a 08.06; mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo

Pimienta del género Piper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados

Trigo y morcajo (tranquillón)

Maíz

Arroz

Harina de trigo o de morcajo (tranquillón)

Harina de cereales, excepto de trigo o de morcajo (tranquillón)

Las demás grasas y aceites vegetales fijos (incluido el aceite de jojoba), y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente

Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado

Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado

Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares

Tomates preparados o conservados (excepto en vinagre o en ácido acético)

Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), congeladas, excepto los productos de la partida 20.0

Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), sin congelar, excepto los productos de la partida 20.06

Jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos usados como jabón, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, aunque contengan jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón; papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes.

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[ NACIONAL ]

Senado aprueba reforma a la Ley de Amparo

Los jueces ya no podrán otorgar suspensiones provisionales o definitivas a leyes y reformas aprobadas en el Poder Legislativo

Redaccion

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Ciudad de México. – Con 69 votos a favor y 42 en contra, se aprobaron en el Senado de la República las reformas a la Ley de Amparo, misma con la que los representantes del Poder Judicial no podrían evitar la consolidación de ciertas reformas aprobadas en el Congreso.

Se trata de una serie de modificaciones a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, y aunque se garantiza que continuará el derecho al amparo, los legisladores de oposición insisten que se trata de una medida con la que el gobierno de Andrés Manuel López Obrador ‘blindará’ la realización de obras, así como el establecimiento de reformas en la Constitución aunque estas tengan presuntas irregularidades.

La reforma a la Ley de Amparo consiste en quitarle a los jueces la facultad de suspender leyes de manera provisional y definitiva que hayan sido impugnadas a través de la Ley de Amparo.

La oposición asegura que esto es una “venganza” de López Obrador a los juzgadores, quienes a través del encuentro de irregularidades no han permitido el paso de reformas constitucionales como la electoral planteada en 2022 y el ‘plan B’ de la misma planteado en febrero del año pasado.

Dicha iniciativa fue planteada por Ricardo Monreal, coordinador de la bancada de Morena, quien explicó que el objetivo es que el Poder Judicial respete lo acordado en el Legislativo con la finalidad de que las reformas votadas en la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores no se limite mediante juicios de amparo.

Gracias a esta clase de resoluciones del Poder Judicial es como se han suspendido tramos del Tren Maya, así como algunas otras obras y leyes debido a irregularidades.

El senador Emilio Álvarez Icaza, uno de los principales opositores a la reforma, dijo que se trataba de una reforma regresiva, y que quieren “desaparecer” al Poder Judicial en lo shechos, además de desaparecer uno de los pocos recursos que tiene la ciudadanía ante el abuso de poder.

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[ NACIONAL ]

SAR obligatorio para trámites en AforeMóvil

A partir de este mes

Redaccion

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Ciudad de México. – A partir del 24 de abril de 2024, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) ha establecido como obligatorio el uso de la Firma Electrónica SAR como medio de autenticación en la Solicitud de Traspaso dentro de la aplicación AforeMóvil (Autotraspaso).

Esta medida busca fortalecer la seguridad en los procesos relacionados con las cuentas individuales de los trabajadores.

La Firma Electrónica SAR, compuesta por un NIP y la verificación de la biometría facial o dactilar, es una herramienta diseñada para proteger la información personal y los recursos en las cuentas Afore.

 El NIP, de cuatro dígitos numéricos, se genera a través de un proceso que incluye una clave temporal proporcionada en la sucursal de la Afore, seguido de la activación en la plataforma AforeWeb.

La Consar enfatiza la importancia de privilegiar el uso de la Firma Electrónica SAR en cualquier servicio presencial ofrecido por las Afores, con el objetivo de garantizar la seguridad y privacidad de los usuarios.

Para obtener más información sobre este proceso y otros servicios disponibles, se invita a consultar el sitio oficial de la Consar.

A medida que la tecnología avanza, la protección de los datos personales y financieros se convierte en una prioridad, y medidas como la Firma Electrónica SAR son pasos significativos hacia una mayor seguridad en el manejo de las cuentas individuales de ahorro para el retiro.

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[ NACIONAL ]

FMI baja pronóstico de crecimiento a 2.4%

Al considerar que el menor gasto público afectará al PIB mexicano.

Redaccion

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Ciudad de México. – El Fondo Monetario Internacional recortó la proyección de crecimiento de México de 2.7 a 2.4 por ciento para 2024, esto debido a un entorno global de reducido avance.

La institución también redujo su pronóstico de 2025, que pasó de 1.5 a 1.4 por ciento, al argumentar que la expansión fiscal que impulsará el avance del presente año se revertirá en 2025, toda vez que el nuevo Gobierno de México revertirá la política de gasto.

El Fondo calculó que la economía mexicana transitará en medio de un entorno global con un ritmo de expansión que permanecerá bajo según los estándares históricos como resultado de factores que incluyen las consecuencias a largo plazo de la pandemia de COVID-19; la invasión rusa de Ucrania; el débil crecimiento de la productividad y la creciente fragmentación geoeconómica.

En sus proyecciones lanzadas en el marco de las Reuniones de Primavera del FMI, proyectó que el PIB mundial crecerá en 3.2 por ciento tanto en 2024 como en 2025. Las economías avanzadas aumentarán su PIB en 1.7 y 1.8 por ciento en ambos años, mientras que las de los países emergentes lo harán al 4.2 por ciento.

En su World Economic Outlook, destacó que para Estados Unidos se espera que el crecimiento se desacelere de 2.7 por ciento este año a 1.9 por ciento el siguiente año.

En el caso de México, estimó que la inflación cerrará 2024 en 4 por ciento, para luego descender a 3.3 por ciento en 2025.

El déficit de la cuenta corriente del país será de 0.8 por ciento en este año y el registrará el mismo nivel el siguiente año, mientras que la tasa de desempleo en México subirá de 2.8 a 3.2 por ciento.

El Fondo destacó que, con expectativas de menores tasas de interés en las economías avanzadas, el apetito por activos en economías de mercados emergentes y en desarrollo ha repuntado.

Los diferenciales soberanos de los bonos de deuda de los países libres de riesgo han caído desde su fecha de julio de 2022, cuando alcanzaron su punto máximo hacia sus niveles prepandémicos.

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